Gestión Integral de Notificaciones Electrónicas

Conozca nuestro nuevo servicio de Notificaciones electrónicas que podemos ofrecerle de cara a su despacho Profesional, denominado EdasNotificaciones.

Gestión Integral de Notificaciones Electrónicas

La transformación digital en la Gestión de Notificaciones Electrónicas: un camino sin retorno.

La gestión de notificaciones electrónicas es una realidad evidente en la transformación digital de las empresas.

Desde que se lanzara el Real Decreto 1363/2010 de 29 de octubre que regula supuestos de notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias (NEO) por medios electrónicos en el ámbito de la AEAT y posteriormente la Ley 39/2015, se ha iniciado un camino sin retorno que transforma profundamente la forma en la que la Administración Pública se relaciona con empresas y ciudadanos.

La puesta a disposición de Notificaciones Electrónicas en las sedes de los distintos organismos sustituyen por completo el envío de las notificaciones postales que conocíamos hasta ahora.

Maximice la seguridad y cumpla con la Normativa en la Gestión de Notificaciones Electrónicas desde ya.

¿Listo para evitar sanciones?


La obligatoriedad de gestionar notificaciones electrónicas no solo ayuda a reducir la acumulación de papel, sino que también impone nuevas responsabilidades para las empresas.

Es crucial estar preparado para garantizar que ninguna notificación pase desapercibida, ya que un simple descuido podría resultar en costosas sanciones.

Implementar un sistema eficaz de gestión de notificaciones electrónicas es esencial para proteger a su empresa y asegurar el cumplimiento normativo en todo momento.

Edas Notificaciones


El objetivo de EdasNotificaciones es ofrecer una alternativa al tedioso proceso manual de revisión de sedes y descarga de notificaciones, evitando que se pueda dar por notificada a una empresa por haber transcurrido 10 días desde la puesta a disposición de la notificación electrónica sin que ésta haya podido realmente descargarla (a excepción de los juzgados, con un periodo de entre 3 y 5 días, y las Diputaciones Forales, con 20 días desde su puesta a disposición)

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